Tras una larga y desgastante lucha ciudadana, una familia del cantón Pujilí, en la provincia de Cotopaxi, logró —tras la denuncia realizada en la Delegación Provincial de la Defensoría del Pueblo— que la Empresa Pública Municipal de Agua Potable y Alcantarillado instalara un tanque elevado en su vivienda, en respuesta al persistente problema de desabastecimiento de agua. Aunque el caso tuvo una resolución parcial, la realidad sigue siendo crítica para cientos de familias que, por temor, desconocimiento o falta de orientación, no denuncian y continúan viviendo sin acceso al líquido vital, un derecho básico e irrenunciable pese a que este servicio es cobrado por la entidad pública. Esta problemática no es exclusiva de Pujilí; se repite en todo el país, donde las autoridades suelen atribuir las fallas a derrumbes, sequías, aludes, sismos o a gestiones anteriores… excusas que perpetúan el abandono sin soluciones reales.
Pujilí, Cotopaxi / San Carlos, Guayas – Agosto 2 de 2025.
Por Redacción Especial
El clamor ciudadano por un servicio público eficiente y respetuoso no es nuevo, pero el silencio de las instituciones y la negligencia de ciertos funcionarios públicos siguen marcando el día a día de miles de ecuatorianos, especialmente en áreas tan sensibles como el acceso al agua potable, energía eléctrica, telefonía, seguridad social y trámites administrativos básicos.
Dos casos recientes ilustran con claridad una realidad que, si bien no representa a todos los servidores públicos, sí refleja una estructura profundamente afectada por el abandono, la falta de control y la normalización del incumplimiento.
San Carlos: sin respuestas sobre el uso de agua industrial
Desde el 11 de julio, una empresa ubicada en San Carlos, provincia del Guayas, intenta obtener una simple información técnica: los requisitos para acceder a una concesión de uso de agua de pozo con fines industriales. A pesar de correos enviados y llamadas telefónicas nunca atendidas, el único contacto recibido fue una respuesta evasiva y desconsiderada por parte del Biólogo Luis Germán Arriaga Ochoa, funcionario de la Dirección Zonal 5 del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica.
Lejos de actuar con diligencia, el funcionario sugirió a los solicitantes que se acerquen físicamente a las oficinas en Guayaquil, sin proveer ninguna información útil, ni siquiera indicar quién es el actual responsable del área. Esto, en pleno 2025, cuando la atención digital y remota es no solo una opción, sino un derecho ciudadano.
Luego de remitir un oficio a la actual Ministra del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, María Luisa Cruz Riofrío, en el que se denunció la respuesta dilatada y el tono inapropiado del funcionario mencionado, finalmente se recibió la información solicitada. Esta vez, la respuesta fue emitida en términos respetuosos, aunque con una actitud que daba la impresión de estar haciendo un favor, cuando en realidad se trata de una obligación institucional y un derecho ciudadano.


Luego de insistir de manera respetuosa y diplomática en la solicitud de un documento oficial, el funcionario responsable respondió inicialmente con una actitud irrespetuosa y alejada del verdadero sentido del servicio público. No fue sino hasta que se remitió un nuevo oficio directamente al despacho de la Ministra de Ambiente, que el mismo funcionario, en contraste con su actitud anterior, respondió con amabilidad y resolvió la petición en el mismo día. Una gestión que tomó tres semanas de insistencia, pero que pudo haberse resuelto en cuestión de horas, de haberse actuado con compromiso y vocación desde el inicio.
Pujilí: acuerdo cumplido al «braveo», resolución pendiente
Mientras tanto, en Pujilí, provincia de Cotopaxi, una familia también enfrenta demoras injustificadas. El caso DPE-0501-050101-200-2025-002972, tramitado ante la Defensoría del Pueblo – Sede Cotopaxi, se originó por el deficiente servicio de agua potable brindado por la Empresa Pública Municipal de Agua Potable y Alcantarillado del cantón (EPAPAP).
Tras un largo y penoso proceso de continuos oficios sin respuesta, reuniones y gestiones con el Ab. Romel Tupiza, delegado provincial, se llegó a un acuerdo formal: instalar un tanque elevado en la vivienda afectada, compromiso que fue cumplido el 18 de julio en presencia de la Defensoría.
Sin embargo, desde entonces —y a pesar de reiteradas solicitudes por correo electrónico y WhatsApp— no se ha emitido el acta final de resolución, la cual es clave para cerrar el proceso, dejar constancia oficial del cumplimiento del acuerdo y transparentar que los costos fueron asumidos por EPAPAP. La demora contraviene los principios de celeridad, eficiencia y responsabilidad que rigen a las instituciones públicas.
¿Y los derechos ciudadanos?
Estos casos que lastimosamente no son aislados, no solo reflejan una gestión institucional débil, sino una violación a derechos consagrados en la Constitución y la legislación ecuatoriana, que colocan al ciudadano como eje central del servicio público.
Constitución de la República del Ecuador:
- Art. 227: La administración pública debe regirse por los principios de eficiencia, calidad, responsabilidad y celeridad.
- Art. 225: Todas las instituciones del Estado forman parte de la función pública y están obligadas a garantizar el ejercicio pleno de los derechos ciudadanos.
- Art. 233: Los servidores públicos son responsables administrativa, civil y penalmente por sus actos u omisiones.
Ley Orgánica de Servicio Público (LOSEP):
- Art. 25: El servidor público debe actuar con ética, transparencia, responsabilidad y respeto al ciudadano.
- Art. 46: El maltrato al usuario o el incumplimiento reiterado de funciones puede constituir una falta grave sancionable con destitución.
Código Orgánico Administrativo (COA):
- Art. 4: Las instituciones públicas tienen la obligación de actuar con proactividad y oportunidad.
- Art. 23: Todo ciudadano tiene derecho a recibir una respuesta fundamentada y oportuna.
Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo:
- Art. 6: Esta institución debe actuar con diligencia, imparcialidad y oportunidad en la atención de denuncias.
Normas internacionales:
- Carta Iberoamericana de los Derechos del Ciudadano ante la Administración Pública (CLAD): Reconoce el derecho a un servicio digno, rápido y eficaz.
- Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José): Art. 25 garantiza el acceso a recursos efectivos en caso de vulneración de derechos, incluso administrativos.
El ciudadano también puede defenderse
Aunque existe una percepción extendida de que “los funcionarios están protegidos y los ciudadanos desamparados”, la ley sí ampara a la ciudadanía. Todo ciudadano puede:
Denunciar formalmente a un mal funcionario ante la Contraloría General del Estado, la Defensoría del Pueblo o la institución correspondiente.
Solicitar la destitución de funcionarios por incumplimiento de funciones.
Exigir por escrito información pública, conforme a la Ley de Transparencia (LOTAIP).
Presentar acciones constitucionales como la acción de protección por vulneración de derechos.
Organizarse, visibilizar casos, exigir reformas y publicar casos en medios, como parte de la participación activa y control social.
¿Hasta cuándo soportaremos la ineficiencia como norma?
Los ciudadanos no piden favores. Piden respeto, cumplimiento de funciones y una administración que esté realmente al servicio de la colectividad, no al de una burocracia indiferente, que solo se activa cuando hay presión mediática o política.
Casos como los expuestos, aunque puntuales, representan a miles de ciudadanos que viven en carne propia la desidia y la negligencia institucionalizada, mientras los funcionarios incumplen sus funciones, chatean en horas laborales y culpan a administraciones anteriores, sin asumir ninguna responsabilidad.
Es hora de que se revierta esta lógica. La función pública no puede seguir siendo un refugio de impunidad, sino una vocación de servicio real, transparente y comprometida.
Porque un pueblo informado y organizado es un pueblo que no se deja pisotear.
Y porque servir al ciudadano no es una opción: es un deber legal, ético y humano.
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3 comentarios en “Del servicio al desprecio: el mal proceder de funcionarios públicos y el abandono de los servicios básicos en Ecuador”
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